Para su información, se adjunta informe jurídico recibido del Consejo General, sobre la obligatoriedad de inscripción en el Registro Mercantil de los profesionales que presten servicios descrito en el art. 2.1 o) de la Ley 10/2010, de 28 de Abril, sobre la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.