CIRCULAR 103/19 INSCRIPCION REGISTRO MERCANTIL (LEY 10/2010 PREVENCION BLANQUEO CAPITALES Y FINANCIACION TERRORISMO
CIRCULAR 103/19
ASUNTO: INSCRIPCION EN EL REGISTRO MERCANTIL (LEY 10/2010 PREVENCION BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACION DEL TERRORISMO)
Como ya conoces, el art. 2.1 o) de la Ley 10/2010, de 28 de Abril, establece que para la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, las personas físicas profesionales que presten servicios descritos en dicho artículo, estarán obligadas a figurar o llevar a cabo la inscripción en el registro mercantil, como empresario individual.
Aquellos Administradores de Fincas que consideren que están dentro de los requisitos exigidos en dicha ley, y que aún no se hayan inscrito como empresarios individuales o como sociedad profesional, deberán gestionar su inscripción en el Registro Mercantil (Cádiz y Ceuta), según modelo que se acompaña al margen.
Le recordamos, que la inscripción como empresario individual finaliza el próximo 6 de Septiembre.
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