Para su conocimiento, damos traslado de
la informacion recibida del Consejo General, donde se adjunta la
consulta vinculante formulada ante la Direccion
General
de Tributos acerca de la exencion en la tasa judicial de las comunidades de
propietarios, por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, en los ordenes
civil, contencioso-administrativo y
social.