CIRCULAR 100/2023 PERIODO TRANSITORIO EN LA PRESENTACIONDE SOLICITUDES DE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS EN LA OFICINA VIRTUAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCIA

ASUNTO: PERIODO TRANSITORIO EN LA PRESENTACIONDE SOLICITUDES DE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS EN LA OFICINA VIRTUAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCIA

Para su conocimiento, damos traslado de información recibida de la Junta de Andalucía con motivo de la entrada en vigor de la Orden HFP/583/2023, de 7 de junio por la que se eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos, y hasta que se apruebe la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos para que se asimile este límite para el resto de los tributos y deudas de derecho público, en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía, han actualizado la información sobre cómo proceder a realizar dichas solicitudes. https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/aplazamientos-y-fraccionamientos,

A fin de que resulte más clara aplicación de este periodo transitorio, la operativa es la siguiente:



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