CIRCULAR 94/2021 PUBLICACION BOE REAL DECRETO- LEY 8/2021-Capitulo II medidas extraordinarias aplicables juntas propietarios
Para su conocimiento, se adjunta publicación de ayer en el BOE nº 107 del “Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2”, con entrada en vigor el próximo 9 DE MAYO, y en cuyo capítulo II establece una serie de medidas extraordinarias aplicables a las juntas de propietarios de las comunidades en régimen de propiedad horizontal.
Se adjuntan notas de prensa elaboradas por el Consejo Andaluz y Consejo General, donde se destaca principalmente:
- Se suspende la obligación de convocar Juntas de Propietarios y se prorrogan los cargos y presupuestos hasta el 31 de diciembre.
- Excepcionalmente, las reuniones de propietarios que sea necesario convocar, podrán celebrarse telemáticamente e incluso se pueden tomar acuerdos sin junta mediante consultas por escrito, según una serie de especificaciones.
No obstante, se informa que desde la Asesoría Jurídica del Consejo Andaluz, se está elaborando un comunicado sobre el Real Decreto-Ley 8/2021, el cual remitiremos a todos los colegiados.
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